El fiscal Guillermo Marijuan realizó la denuncia sobre incompatibilidades en el Potenciar Trabajo
La investigación que reveló las incompatibilidades fue llevada adelante por el fiscal Guillermo Marijuán, que cruzó las planillas de participantes del programa social con las de empleados estatales en 14 provincias.
La ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, decidió dar de baja 4.588 planes Potenciar Trabajo, porque los beneficiarios eran empleados públicos. El número surgió a partir de una investigación del fiscal Guillermo Marijuan, que cruzó las bases de datos del programa -que ahora controla la nueva cartera de Capital Humano- con las planillas de empleados públicos de 14 provincias. El resto de los distritos todavía no enviaron sus datos.
De esta manera, Pettovello decidió conducirse por un carril distinto al de la ex ministra Victoria Tolosa Paz que fue imputada junto a Pérsico por el fiscal Marijuan en al menos dos causas anteriores, por no dar de baja a los beneficiarios que cobraban ese plan social por fuera de las normas establecidas, por ejemplo, las 160 mil personas que viajaron al exterior en aviones privados, yates, autos y aerolíneas. La funcionaria de Javier Milei también ordenó una “auditoría de cero” para saber dónde está parada, ya que la información que dejaron en la Secretaría de Economía Social, que estaba a cargo del dirigente del Movimiento Evita es, como mínima, muy escasa, y poco confiable.
El programa tiene como objetivo “promover la inclusión social de las personas que se encuentren en situación de alta vulnerabilidad social y económica”, según lo establece las resolución que creó en 2020 el Potenciar Trabajo, y sus modificatorias 1625/2021 y 1868/2021 del entonces Ministerio de Desarrollo Social.
La normativa destaca que una de las incompatibilidades para recibir el plan es “la existencia de empleo formal registrado, a excepción de los trabajadores temporarios o estacionales conforme lo contemplado”.
A su vez, se puntualiza como incompatible “el ingreso y la permanencia en el Programa para aquellas personas que realicen alguna prestación social y/o de empleo en el estado provincial, municipal o en organizaciones no gubernamentales cuyas tareas suplante la actividad propia de los empleados de los mismos”.